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El Gobierno define el nuevo Salario Mínimo con un incremento inferior a la línea de indigencia

Actualidad 08:34
El Gobierno define el nuevo Salario Mínimo con un incremento inferior a la línea de indigencia

El Gobierno nacional formalizó el nuevo monto del Salario Mínimo Vital y Móvil a través de la Resolución 17/2024, publicada en el Boletín Oficial. La medida, que fija el salario mínimo en $296.832 para marzo de 2025, consolida una cifra muy por debajo de la línea de indigencia.

A pesar de las negociaciones entre las cámaras empresarias y los sindicatos, que no lograron llegar a un acuerdo en una reciente reunión en la Secretaría de Trabajo, el Ejecutivo decidió intervenir nuevamente. Esta es la tercera vez en 2024 que el gobierno asume la definición del salario mínimo tras disputas que no fructificaron en consensos entre las partes. Este patrón ha permitido que el gobierno, a través de decretos, ajuste el monto según su conveniencia.

Las propuestas sobre la mesa contemplaban una diferencia notable entre los sectores involucrados. Las cámaras empresariales sugirieron un aumento gradual, llevando el salario mínimo de $278.000 a $295.000 en marzo de 2025, lo que implicaría un incremento del 6%. En contraposición, los sindicatos, liderados por la CGT y las dos CTA, pidieron un salario inicial de $572.000.

La nueva resolución establece, de acuerdo con la Ley N° 20.744 del Régimen de Contrato de Trabajo, los salarios mínimos para los próximos meses: desde el 1° de diciembre de 2024, el salario mínimo será de $279.718, alcanzando los $286.711 en enero, $292.446 en febrero, y $296.832 en marzo de 2025.

Asimismo, la resolución contempla un ajuste para los trabajadores jornalizados. A partir de diciembre, su remuneración será de $1.399 por hora, con incrementos progresivos que llegarán a $1.484 por hora en marzo de 2025.

En otro punto importante de la resolución, se especificó que la Prestación por Desempleo para trabajadores convencionados y no convencionados será equivalente al 75% del salario más alto que haya percibido el trabajador en los últimos seis meses antes de la finalización del contrato. No obstante, se estableció que esta prestación no podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

La resolución, firmada por la Subsecretaria de Seguridad Social, Alexandra Biasutti, subraya la responsabilidad del Ejecutivo en la determinación de este valor, dada la falta de consenso en las mesas de negociación.

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